viernes, 22 de enero de 2010

CONSTITUCION POLITICA DE COLOMBIA

Colombia es un país que se ha caracterizado por una continuidad constitucional, pues la Constitución de 1886 permaneció vigente por más de cien años guiando el mandato de veintitrés Presidentes de la República. En 1886 se redactó la constitución que mayor continuidad ha tenido en el país, la cual fue impulsada por el movimiento de la Regeneración Conservadora, movimiento que era presidido por el Presidente Rafael Núñez, quien hizo un llamado a todos los Estados para que enviasen dos delegatarios al Consejo Nacional de Delegatarios para, así, elaborar los doscientos diez artículos con que contaría esta nueva Constitución. Esta continuidad y estabilidad no indican que Colombia haya vivido ciento cinco años de rigidez constitucional, pues la constitución de 1886 pasó por sesenta reformas.

En 1990, gracias a la iniciativa de jóvenes universitarios, la ANC (Asamblea Nacional Constituyente) hizo posible que se redactase la constitución de 1991. La ANC contó con setenta miembros, de los cuales diecinueve hacían parte de la Alianza democrática M-19, nueve del Partido Conservador y nueve del Partido Liberal. La nueva Constitución de Colombia es la más extensa y desarrollada de América; contiene un preámbulo, trece títulos, trescientos ochenta artículos y cincuenta y nueve disposiciones transitorias. En ella se reconoce a Colombia como un Estado social de derecho.

La Constitución de 1991 es llamada también la "Constitución de los Derechos", por cuanto reconoce y consagra no sólo los derechos fundamentales, clásicos desde la Revolución Francesa, sino los derechos económicos y sociales, propios del Estado Social de Derecho, consagrada en el artículo 1º de la Constitución y los derechos colectivos, o de tercera generación, dentro de los cuales se destacan entre otros la moralidad pública, la libre competencia económica y el derecho a un ambiente sano. Además crea los mecanismos necesarios para asegurar y proteger esos derechos, entre otros, la Acción de Tutela, la Acción de Cumplimiento, Las Acciones Populares y de Grupo.

Los estudiantes, en particular los de las universidades, decidieron hacer un movimiento a nivel nacional para que la población incluyera una Séptima Papeleta ordenándole al ejecutivo que conformara una Asamblea Nacional Constituyente. La propuesta fue acogida y el triunfo llegó para aquellos jóvenes colombianos que pedían la constituyente, más del 50% de los votantes incluyó la “Séptima Papeleta” con lo cual el presidente en turno, César Gaviria Trujillo, se vio obligado a cumplir con el mandato popular. De esta forma la historia de Colombia tuvo un giro sin precedentes ya que no solo se logró un cambio constitucional si no también que el grupo guerrillero M-19 entregara las armas y se integrara a la vida política nacional, y que a las comunidades indígenas se les garantizara representación en el Congreso de la República.

Reforma del 2005
En el año 2004, el Presidente de Colombia Álvaro Uribe Vélez, impulsó en el Congreso una reforma constitucional para permitir la elección del Presidente de la República hasta por dos períodos (artículo 197 Constitución Política de Colombia). La reforma, contenida en el acto legislativo 2 de 2004, fue demandada ante la Corte Constitucional que la declaró exequible mediante sentencia C-1040 de 2005. El primer presidente reelegido en el marco de esta reforma, fue el mismo Álvaro Uribe Vélez en la contienda electoral del 28 de mayo del 2006 con una votación del 62.1% por lo que no se requirió una segunda vuelta electoral. Le siguió Carlos Gaviria Díaz, candidato por el Polo Democrático Alternativo, partido de izquierda, quien logró el 22%. El abstencionismo alcanzó el 53.53%. El hecho de que Uribe y Gaviria pertenecieran a partidos independientes, es decir diferentes a los tradicionales Liberal y Conservador, marcó una época importante de transformación ideológica en la historia de Colombia, tanto así que algunos medios de comunicación anunciaban que el bipartidismo había sido herido de muerte.

7 comentarios:

Unknown dijo...

EDGAR HERNAN JIMENEZ C/C 79947318
JENNY PAOLA ZAMBRANO C/C 1019026265
GRUPO Nº2 CICLO V

Unknown dijo...

mas seguridad para los conductores en los pa

deros y en el recorido para los pasajeros

Unknown dijo...

jose alfonso jimmy pulido pardo


no entiendo si en ese entonces el M.19 era un grupo al margen de la ley porque les permitieron participar en tan importante decicion para el futuro de la nacion
agradezco.su respuesta

JOSE ALFONSO PULIDO
CC79503058 ciclo III

Diana Velásquez y Shirley Rodriguez dijo...

Jimmy para ese entonces el M-19 ya no era un grupo armado y por eso participo en la Constituyente; además durante el poceso de paz con Virgilio Barco Vargas, el grupo había hecho énfasis insistentemente en que uno de los principales requisitos para deponer las armas era la creación de una Asamblea Nacional Constituyente para modificar la constitución la cual hasta entonces no garantizaba la creación y desarrollo de otros partidos políticos diferentes a los dos partidos tradicionales, ni daba espacio de representación a las minorías.

El 8 de marzo de 1990 se desmovilizaron para convertirse en un grupo político que se conoció como Alianza Democrática M-19, realizaron la entrega de armas en su campamento de Santo Domingo liderados por su entonces comandante máximo Carlos Pizarro León-Gómez. Luego se convirtio en un importante movimiento político de izquierda conocido como AD-M19 (Alianza Democrática M-19) que ganó importante respaldo popular y fue uno de los constituyentes de 1991; desapareció a mediados de la década de 1990 y algunos de sus miembros se unieron a otras agrupaciones políticas.

Unknown dijo...

yo no se por que nos quedamos en el tiempo atras si hay tanto problema hoy en dia por que preocuparnos por ejemplo. tanta inseguridad en las via publcas.

Anónimo dijo...

se nos esta facilitando al información felicitaciones ARMANDO VASQUEZ.
C.C. 3081364
Ciclo V

Anónimo dijo...

mi comentario sobre la constitución es que todos los seres tenemos derechos como deberes con nuestra ciudad para vivir dignamente.
UBER ANTONIO SERRATO
CICLO IV 79301009